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El concepto de aforamiento está basado en que una persona, por ejercer un cargo público o por su profesión, goza de una serie de derechos de carácter procesal, entre los que se encuentra que, en caso de ser investigado por un delito, debe ser juzgado por un tribunal distinto al que corresponderá a un ciudadano de a pie.Nuestra asociación ACCYDED ha interpuesto reclamacion ante el defensor del pueblo con fecha 13-10-2021.

Es un primer paso sin duda profundamente meditado y consultado con numerosos letrados que no ven camino posible de denunciar la inconstitucionalidad de todas las leyes al respecto que han surjido del poder Judicial

congreso

Es sin lugar a dudas el Defensor del Pueblo que tiene la potestad y el deber de recurrir ante el tribunal constitucial cualquier ley que contradiga nuestra carta magna

Y las razones aportadas en nuestro escrito de un contenido aplastante:

I-)Porque somos el único país de nuestro entorno político, jurídico y cultural que sigue aplicando una institución decimonónica que privilegia a unos ciudadanos por encima del resto por el mero hecho de desempeñar una función o cargo público.

II.-) Porque la institución jurídica del aforamiento va en contra de principios y Derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución y recogidos en sus artículos 1.1, 14, 24 y 24.2.

III.-) Porque la institución jurídica del aforamiento es una aberración de carácter procesal que altera las reglas de reparto y hurta el derecho recogido en nuestra Constitución relativo al derecho al juez predeterminado por la ley.

IV.-) Porque la institución jurídica del aforamiento envía un mensaje de desconfianza por parte de las instituciones democráticas de nuestro país al despreciar el funcionamiento y buena labor que realizan los jueces de instancia.

V.-) Porque la institución jurídica del aforamiento altera las funciones procesales y de funcionamiento de una institución tan relevante para un Estado de Derecho como es el Tribunal Supremo.

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