Leo atónito hoy, 17 de octubre de 2025, en la primera plana, la noticia sobre la presunta injusticia de encarcelar a alguien durante 400 días por sus ideas en China.
Y me pregunto: ¿cuándo podré leer en ese mismo periódico —el de mayor tirada de nuestro país— que el Reino de España mantiene encarcelado a un juez, 833 dias , por denunciar la corrupción judicial?
Por supuesto, se dice que esa acusación es falsa. ¿Cómo podrían nuestros jueces tener dinero en paraísos fiscales, si pertenecen —según se nos quiere hacer creer— a la clase más pura de los seres humanos? Lo mismo podría decirse de nuestros prelados y de tantos otros poderes que, poco a poco, la historia va revelando tan humanos como el resto.
Presunta violación del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y del artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos,
derivada de represalias judiciales contra el juez español Fernando Presencia Crespo, quien ha sido privado de libertad sin una orden de detención debidamente motivada y notificada.
Antecedentes y hechos:
El juez Fernando Presencia Crespo lleva más de dos años y tres meses privado de libertad sin que exista una resolución judicial debidamente fundamentada y notificada, en vulneración del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (derecho a un recurso efectivo y a un juicio justo) y del artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a la libertad y a la seguridad).
La privación de libertad se produjo tras una resolución judicial de 17 de julio de 2023, pese a que la Audiencia Nacional, mediante auto de 21 de julio de 2023, ordenó su puesta en libertad. Las circunstancias apuntan claramente a que esta detención constituye una forma de represalia por las denuncias públicas del juez Presencia sobre presunta corrupción judicial, que implicaría cuentas bancarias no declaradas en paraísos fiscales pertenecientes a altos magistrados.
Estas denuncias fueron presentadas ante la Agencia Tributaria Española (AEAT) entre 2001 y 2022 contra diversos magistrados, ..........
Aunque el nuevo artículo 988 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé un mecanismo para revisar decisiones judiciales irregulares, ningún órgano judicial, fiscal ni el propio Consejo General del Poder Judicial ha actuado de oficio para corregir esta situación.
El propio juez Presencia ha explicado públicamente su situación, que puede verificarse en el siguiente enlace:
👉 https://www.tiktok.com/@juez_fpresencia/video/7550195606950513942