
Existe un general desconocimiento en nuestras instituciones sobre la diferencia entre la potestad "facultativa":opcion de actuar o no actuar, frente a la "discrecional": ACTUAR usando criterios de oportunidad(utilidad) , legalidad y proporcionalidad. Es decir cuando el art 9.3 de nuestra CE dice "...la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos." se refiere a OBLIGACIONES. Entonces ¿porque siguen quedando impunes las reclamaciones de transparencia ante nuestros consejos de transparencia ? ¿por que si existe una ley 2/2023 sobre la protección del denunciante de corrupción en el año 2025 seguimos sin tener Autoridad (AIPI)? ... entendemos que a estas alturas todos nuestros poderes saben diferenciar entre el derecho subjetivo y objetivo ¿ porque si el servicio que prestan al Reino de España es una función de RIGOR lo que obtenemos es LAXITUD?

El sentimiento de desapego, desconfianza o indiferencia que muestran los ciudadanos hacia las instituciones públicas, es debido a la percepción de ineficacia, corrupción, falta de representatividad o desconexión con sus problemas reales. Las principales razones son evidentes: Falta de transparencia o rendición de cuentas, políticas alejadas de las necesidades sociales, corrupción o clientelismo político, burocracia excesiva o ineficaz, inacción ante crisis sociales o económicas y Judicialización interesada de la política y uso instrumental de la justicia.¿Existe hoy algún poder público plenamente honesto y sujeto a la ley? Desde la experiencia ciudadana, la respuesta —lamentablemente— parece ser no, y nosotros podemos acreditarlo con pruebas concretas y vivencias personales.

Isonomía es un término de origen griego que significa "igualdad ante la ley" o "igualdad de derechos".En teoría España es un Estado de Derecho cuya Constitución proclama la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Sin embargo, en la práctica, esta igualdad —la isonomía— se ve vulnerada sistemáticamente, en particular por la existencia de aforamientos y una cultura judicial que ha consolidado una casta intocable en el seno de la judicatura. Lejos de ser una garantía democrática, el diseño institucional actual ha permitido durante más de cuarenta años la existencia de decisiones judiciales "contralegem" —contrarias a Derecho— que, al quedar impunes e inimpugnables, atropellan los derechos de los ciudadanos sin posibilidad de reparación efectiva.

La monarquía y la dictadura, son sistemas jerárquicos extremos, representan ejemplos evidentes de concentración excesiva de poder en una sola persona o un pequeño grupo de élite: Corea del Norte, Afganistán, Cuba.. son ejemplos actuales. Existen otros países llamados "democráticos", en donde continúan existiendo estructuras jerárquicas que, en la práctica, socavan los principios de pluralidad, transparencia y control que deberían definir a una verdadera democracia. Es grotesco y profundamente desalentador observar cómo estos sistemas "de facto jerárquicos" perpetúan vicios: concentración del poder, la corrupción y la falta de rendición de cuentas. Ejemplos actuales son: Venezuela y Rusia, ... ¿España también?

El 1 de enero de 1986 España se incorpó a la la Unión Europea (UE) , antes llamada CEE lo cual permitió la integración en un mercado común y el acceso a fondos europeos, lo que impulsó el desarrollo económico y social del país. En 1999, adoptó el euro como moneda oficial, reforzando su compromiso con la unión económica y monetaria. Aunque España ha avanzado significativamente en la implementación del "acervo comunitario", persisten desafíos en áreas como el medio ambiente, la justicia y la competencia. La parte sin duda más vergonzosa es en lo que respecta a la gestión deficiente o uso indebido de fondos estructurales y de cohesión. Esto ha derivado en sanciones o devoluciones de fondos. ¿que les pasa a nuestros poderes con el dinero?

Vivimos en tiempos de cambio, donde la verdad, por más que intenten ocultarla, acaba saliendo a la luz. Cuando los poderes violan las normas del estado de derecho para silenciar a quienes denuncian la corrupción, es un patrón histórico que anticipa un punto de inflexión. La desesperación de los corruptos alcanza su clímax, llevamos 40 años marcadas por la impunidad, muchos son los ciudadanos que están alertados y conscientes de las atrocidades cometidas desde las esferas del poder.¿Qué es lo que realmente les preocupa a estos personajes? ¿Temen acabar en prisión? ¿Se obsesionan con asegurar sus fortunas? ¿O quizás fantasean con escapar hacia destinos como los Emiratos Árabes?

La "interpretación pro-homine" es un principio jurídico esencial en el ámbito de los derechos humanos, cuyo propósito es garantizar la máxima protección y efectividad de los derechos fundamentales. Este principio, ampliamente reconocido a nivel internacional, también está consagrado en nuestra Constitución, específicamente en el artículo 10.2. .. me pregunto: ¿cómo es posible que nos encontremos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reclamando derechos fundamentales, como "la igualdad", cuando nuestra normativa interna está llena de disposiciones que reflejan rigor y compromiso de nuestros poderes en su protección?

Dicen que nuestras 6 constituciones históricas eran "programáticas", es decir se consideraban declaraciones de "ideales o intenciones" pero no obligaban a los poderes públicos a cumplir con sus disposiciones. Resulta de interés "sopesar" porque nuestra Constitución actual(1978) no es considerada como "programática" sino como "normativa" . "Supuestamente" porque los poderes públicos están sometidos a su normativa con fuerza "vinculante" o en el sentido que los preceptos constitucionales son de aplicación directa.... ¿se lo creen?

Es preocupante observar cómo, en nuestros medios periodísticos, se reporta que "la justicia" de otros países legitima injusticias y violaciones de derechos fundamentales, simplemente porque se trata de "No justicia". No debemos olvidar que la condición humana, compartida por todos los habitantes de este planeta, nos agrupa en lo que podríamos llamar "grupos de interés". A lo largo de la historia, hemos sido testigos de cómo "el poder" engaña "al pueblo", utilizando artimañas y aprovechándose de la sumisión y la facilidad con la que muchas personas son manipuladas. Lo sorprendente, sin duda, es que "el miedo" a disentir de quienes detentan el poder sea tan "palpable". Surge la pregunta: ¿qué te puede pasar al disentir?

Sentimos curiosidad por la preocupación que tienen las Instituciones Europeas y Nacionales de la llegada de los servicios de Inteligencia Artificial al ciudadano. Recurrimos a esta "Herramienta Maldita" que nos puede hacer "más inteligentes" para que nos defina "sin faltar el respeto a ningun honorable ciudadano" (de los que lo han consentido-motivado-promovido) ¿como se llamaría el INCUMPLIMIENTO reiterado durante más de 40 años de la IGUALDAD de los ciudadanos ante la LEY?. Estas expresiones reflejan la gravedad y persistencia del incumplimiento prolongado en garantizar la igualdad ante la ley.

En los libros de “ Derecho Constitucional I “ se puede leer "Los TRIBUNALES CONSTITUCIONALES son garantía de la sujeción de la política al derecho, de manera que la legitimidad última del juez constitucional descansa en que lo que hace en el ejercicio de su jurisdicción : defender la voluntad del pueblo soberano de la de sus representantes. El gran valor del CONTROL JUDICIAL DE LA CONSTITUCIONALIDAD es que PRESERVA LOS DERECHOS DE LAS MINORÍAS CONTRA LAS PASIONES MAYORITARIAS DEL MOMENTO y que GARANTIZA LOS DERECHOS DE LAS MAYORÍAS CONTRA LOS INTERESES DE LAS MINORÍAS PODEROSAS O INFLUYENTES

Si tenemos que hablar de un mal genérico en cualquier país u organismo de nuestro planeta es necesario referirse a la "CLEPTOCRACIA” o "gobierno de ladrones", si analizamos la historia de los últimos 2000 años no se salva ningún imperio. En el último siglo, tras la segunda guerra mundial ha proliferado en la mayoría de países la fórmula de la democracia como garantía de que los gobernantes sean soberanos, es decir elegidos por el pueblo, a esta fórmula se le ha añadido un código de convivencia llamado "CONSTITUCION" que incluye mecanismos de autocontrol y que cuando son efectivos aseguran el concepto de "ESTADO DE DERECHO", ¿nos miramos al espejo?

El desarrollo economico de un pais sin duda depende de lo bien que funciona su organismo Judicial. De forma muy simple podemos decir que la justicia se encarga de que se cumplan "las reglas". ¿Donde se definen las reglas de juego? si duda en la constitucion española o tambien llamada Carta Magna. La transparencia de nuestro sistema judicial y el rigor a la hora de regular que se cumplan sus doctrinas determinan su funcionamiento.

A menudo se usa el ejemplo de linea roja como separación del bien y el mal en entornos: politicos, judiciales, sociales. Sin duda el de los arbitros deportivos suele ser el mas controvertido a la hora de asignar el tanto (sobre lineas de 5cm de grosor), pero y en el caso de un juez ¿se puede interpretar lo contrario hacia alguien que quebranta la ley?. Nuestro sistema judicial considera legitimo el derecho a equivocarse en su trabajo de aplicar las leyes debido a su condición humana , lo que si cuestionable es cuando más de 50 jueces (supuestamente independientes) lo hacen de manera sistemática a la hora de interpretar delitos de apropiación indebida es decir de base conceptual similar a 1+1=2.

Es incuestionable el placer que supone entrar en una panadería, el olor nos anticipa que podremos conseguir algo sabroso, si entramos en una perfumería el placer de olores esta asegurado. Si entramos en una biblioteca lo que nos vamos a encontrar son: conocimientos, aprender cosas. Si acudimos a un hospital olemos a limpio , sabemos de antemano que van a hacer todo lo posible por curarnos...... pero ... ¿qué ocurre cuando entramos a un juzgado? ¿a que huelen los juzgados españoles? ¿existe la llamada seguridad jurídica? es decir ¿ tenemos la garantía de que nuestros juzgados respetarán nuestra constitución?, ¿se ajustarán sus decisiones a las leyes?

Contrasta la avidez con la que nuestros magistrados se arrogaron los privilegios de los aforamientos en 1985, con la dificultad de restituir el art 14 de constitución en la actualidad, 40 años después. Si buscamos el impedimento en los medios, se habla ingenuamente de la complejidad de modificar el art 101.2 constitución, pero se omite que son cargos electos y que ya algunos gobiernos autonómicos han renunciado a los mismos. Esta acreditada en jurisprudencia la falta de independencia de nuestros jueces sobre todo a la hora de reconocer el delito de "un compañero". Así mismo la decisión de exoneración de multas millonarias es tomada por personas que poseen el privilegio de no ser juzgados por ello